El Municipio estableció los requisitos técnicos para avanzar con el proyecto industrial Arecha-Ranceze

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La Dirección de Ordenamiento Territorial y Catastro formalizó el trámite para evaluar el cambio de uso de suelo de 80 hectáreas linderas al Parque Industrial de Tandil. Los desarrolladores deberán presentar documentación vinculada a recursos hídricos, infraestructura, ambiente, vialidad y normativa provincial.

Luego de varios meses de reclamos por la falta de avances administrativos, el proyecto de ampliación industrial y logística impulsado por la familia Arecha-Ranceze ingresó en una nueva instancia dentro del Municipio de Tandil.

La iniciativa, denominada Ampliación ZEIU 31, contempla el desarrollo de un predio de aproximadamente 80 hectáreas ubicado junto al actual Parque Industrial de Tandil, sobre las parcelas 1089g y 1089k de la Circunscripción X.

El emprendimiento proyecta la incorporación de 182 lotes destinados a actividades industriales, además de un centro de transferencia logística (Cross Docking), una playa de camiones y una estación de servicio sobre la ruta.

Según habían señalado los impulsores, se trata de una inversión de carácter privado que no demandaría fondos municipales. Los desarrolladores también indicaron que el proyecto cuenta con una evaluación favorable del estudio de impacto ambiental por parte del Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires.

El expediente vuelve a la vía técnica

El avance administrativo se produjo a partir de una comunicación emitida por la Dirección de Ordenamiento Territorial y Catastro, firmada el 15 de septiembre de 2026 por la funcionaria Marina Santos.

El documento formaliza el trámite de Solicitud de Cambio de Uso de Suelo, mediante el cual se busca pasar de un área rural a un área industrial, y establece la documentación que deberán presentar los desarrolladores para que el Municipio pueda analizar la factibilidad del emprendimiento.

El expediente también fue puesto en conocimiento de la Comisión de Gestión Territorial, a través del Acta N° 290, donde se detallaron los requerimientos necesarios para continuar con el análisis.

De esta manera, el proyecto deja atrás una etapa en la que los inversores habían cuestionado públicamente la falta de definiciones y pasa a una instancia en la que deberán cumplimentarse una serie de exigencias técnicas.

Qué documentación deberá presentar el grupo inversor

Entre los principales requisitos establecidos aparecen cuestiones vinculadas al agua, los efluentes, la infraestructura, el ambiente y la normativa de ordenamiento territorial.

Recursos hídricos y tratamiento de efluentes

Los desarrolladores deberán presentar la Prefactibilidad Hidráulica otorgada por la Autoridad del Agua (ADA), junto con estudios sobre la calidad y cantidad del recurso hídrico.

También deberán incorporar el proyecto correspondiente a la planta de tratamiento de efluentes cloacales e industriales, cuya aprobación posterior quedará en manos de la Dirección General de Obras Sanitarias.

Agua potable, calles y desagües

Otro de los puntos requeridos es la presentación de los proyectos correspondientes a la red de abastecimiento de agua potable, el trazado de las calles y las obras destinadas al escurrimiento de aguas.

Estas propuestas deberán ser evaluadas por las áreas municipales competentes, entre ellas la Dirección General de Vialidad Municipal.

Situación ambiental y territorial

El Municipio solicitó además un análisis planialtimétrico firmado que permita determinar con precisión la relación del predio con la cota de 200 metros sobre el nivel del mar.

El objetivo es establecer si las parcelas involucradas presentan alguna interferencia con la Zona Natural Protegida Sierras de Tandil.

A esto se suma la necesidad de precisar las categorías de actividades industriales previstas, de acuerdo con el Nivel de Complejidad Ambiental (NCA) establecido por la Ley Provincial 11.459 de Radicación Industrial.

También deberán adecuarse y clarificarse los usos comerciales, recreativos y de servicios incluidos dentro de la propuesta.

Electroducto y servidumbre de paso

El expediente contempla además una situación relacionada con una línea de media tensión que atraviesa las parcelas 1089k y 1089g.

En este punto se exige resolver y aclarar la servidumbre de paso vinculada al electroducto, señalado como propiedad de la Usina de Tandil y correspondiente a la empresa C.R.E.T.A.L.

Cumplimiento de normativa provincial

Finalmente, el proyecto deberá acreditar el cumplimiento de la Ley Provincial 13.744 de Agrupamientos Industriales y de la resolución RESO-2026-159-GDEBA-MGGP.

Un proyecto que llevaba más de un año en espera

Los desarrolladores habían iniciado las gestiones formales en abril de 2025 y presentado un pedido de pronto despacho en octubre de ese año.

En febrero de 2026 habían recibido una respuesta municipal en la que se vinculaba el análisis de la propuesta con la elaboración del nuevo Plan de Desarrollo Territorial (PDT). Esta situación había generado cuestionamientos por parte de los inversores, quienes reclamaban una definición sobre el futuro del emprendimiento.

En junio de este año, Juan Pablo Arecha, representante del proyecto, había planteado públicamente sus críticas al funcionamiento administrativo y cuestionado la falta de respuestas concretas.

Con la nueva comunicación de Ordenamiento Territorial y Catastro, el expediente cuenta ahora con una hoja de ruta técnica definida.

El próximo paso quedará en manos de los desarrolladores: deberán completar la documentación solicitada para que las distintas áreas municipales puedan evaluar la factibilidad del cambio de uso de suelo y avanzar, eventualmente, con el análisis del proyecto industrial y logístico.


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