El Procurador respaldó la decisión del Gobierno de impedir el cobro de tasas municipales en las boletas de servicios

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La disputa entre el Gobierno nacional y distintos municipios por el cobro de tasas locales en las facturas de luz y gas sumó un nuevo capítulo. La Procuración General de la Nación emitió dos dictámenes en los que avaló la resolución que prohíbe incorporar esos conceptos en las boletas de servicios públicos y recomendó a la Corte Suprema rechazar los planteos judiciales presentados por las comunas de Río Grande y José C. Paz.

Los dictámenes, firmados por el procurador Eduardo Casal, sostienen que la medida impulsada por el Ejecutivo nacional no vulnera la autonomía de los municipios, ya que las administraciones locales conservan la posibilidad de recaudar esos tributos mediante otros mecanismos.

El alcance de la resolución

La controversia gira en torno a la Resolución 267/2024, emitida por la entonces Secretaría de Industria y Comercio. La normativa establece que las facturas de bienes y servicios deben incluir únicamente los importes correspondientes al servicio contratado por el usuario, sin incorporar conceptos ajenos a esa prestación.

La decisión fue adoptada por el Gobierno nacional a mediados de 2024 con el objetivo de eliminar de las boletas de luz, gas, agua y otros servicios el cobro de tasas e impuestos municipales que numerosas comunas percibían junto con la facturación.

Sin embargo, varios municipios recurrieron a la Justicia para cuestionar la medida y, en algunos casos, obtuvieron resoluciones favorables. Entre ellas, un fallo de la Justicia Federal de San Nicolás que declaró la inconstitucionalidad de la resolución.

Los argumentos de la Procuración

En el expediente iniciado por el municipio de Río Grande, la Procuración consideró que la Secretaría de Industria y Comercio actuó dentro de las facultades otorgadas por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Según el dictamen, la resolución busca garantizar los derechos de los usuarios establecidos en el artículo 42 de la Constitución Nacional y permite fijar reglas generales sobre la facturación de los servicios públicos.

En tanto, en la causa impulsada por la Municipalidad de José C. Paz, Casal incorporó además un argumento vinculado con el régimen eléctrico nacional. Señaló que el servicio de distribución que presta Edenor está bajo regulación federal y recordó que la Ley 24.065, modificada por el Decreto 450/2025, establece expresamente que las facturas no pueden incluir tributos locales ni cargos ajenos a los bienes y servicios facturados.

También impacta en la provincia y en Tandil

Mientras continúa la discusión judicial, La Libertad Avanza promovió más de un centenar de proyectos en concejos deliberantes bonaerenses con el objetivo de reducir o eliminar tasas municipales. La iniciativa generó cuestionamientos del gobernador Axel Kicillof, quien sostuvo que el peso de esos tributos es reducido en relación con el Producto Bruto Interno.

En Tandil, el debate también llegó al Concejo Deliberante. En febrero de 2025, el bloque de concejales de La Libertad Avanza, encabezado por Gonzalo Santamarina, presentó un proyecto de ordenanza para eliminar el cobro de tasas municipales en las facturas emitidas por la Usina Popular y Municipal.

La decisión final quedará en manos de la Corte

Si bien los dictámenes de la Procuración General no son obligatorios, suelen servir como referencia para la Corte Suprema de Justicia. En caso de que el máximo tribunal adopte el criterio propuesto por el procurador, quedará ratificada la facultad del Gobierno nacional para impedir que los municipios incorporen tasas locales en las boletas de los servicios públicos.


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